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viernes, 30 de julio de 2010

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Preguntas y Respuestas

Pregunta: Llevo más de ocho años en Estados Unidos. Llegué con visa de turista (B-1/B-2). He trabajado durante todo este tiempo de manera educacional y positiva para los jóvenes. No tengo mal récord y quiero legalizar mi status ¿Qué puedo hacer?

RESPUESTA:  Tú has permanecido ilegal por más de 1 año en Estados Unidos, eso significa que te cae encima la Ley del Castigo, es decir, 10 años fuera sin poder regresar. Lo mejor que puedes hacer es esperar. El Congreso está considerando una reforma migratoria que pudiera dar mejor resultado.

Pregunta: Mi mamá es residente legal. ¿Hay alguna manera que ella me pueda arreglar (legalizar mi estadía)? Yo fui detenida 
varias veces por (el servicio de) inmigración y regresada a mi país. En una de esas me dejaron como testigo presencial y me detuvieron en un centro de detención hasta que salí con un permiso de trabajo bajo custodia de un familiar y regresé a México con salida voluntaria. ¿Me afectará esto en que ella, mi madre, me arregle (solicite mi residencia) o definitivamente me negarán el caso y seré deportada?

RESPUESTA: Depende de muchas cosas. Primero, no sé si cuando te regresaron a tu país te hayan deportado y, segundo, no sé 
cuánto tiempo has estado en el país ilegalmente antes de haber salido. Si estuviste fuera del país después de haber estado 
ilegalmente en Estados Unidos por más de 1 año y posteriormente regresaste sin  papeles, estás frita. Si te deportaron 
y regresaste sin permiso, no tienes ninguna posibilidad de quedarte.Sin embargo, si saliste con salida voluntaria y estuviste aquí menos de un año y nunca te han deportado, no te afectaría la Ley del Castigo, pero no necesariamente puedes calificar para la Sección 245(i).Tu caso hay que revisarlo en detalle.

Pregunta: Tengo 5 años viviendo en Estados Unidos y trabajando como niñera. Mis jefes me quieren arreglar mi permiso de trabajo pero no se qué hacer. Ellos me dan su apoyo. Soy estudiante de College, pero entré a este país ilegalmente. ¿Será que puedo hacer algo para tener mi permiso de trabajo? Mis jefes son estadounidenses.

RESPUESTA:  Yo no te recomiendo que hagas el caso (de enviar una solicitud para obtener un permiso de trabajo ni tu ajuste de estado). Primero que todo, no calificas para la 245(i). Segundo, estás ilegalmente en el país por más de un año. Tercero, el caso de residencia a través de sus patronos como niñera se puede tardar de 15 a 20 años. Cuarto, tendrás que sacar los papeles en el exterior. Quinto, después que salgas del país, te cae encima la Ley del Castigo y te tienes que pasar 10 años fuera para poder regresar con residencia. Finalmente, el Congreso está actualmente considerando un cambio en la Ley (reforma migratoria) que puede permitirte legalizar tu estadía y conseguir un permiso de empleo sin tener que pasarte 10 años castigada. Entonces, no tiene lógica hacer un caso ahora.

Pregunta: Mi esposo trabaja con visa H1B y yo como esposa tengo visa H4. A través de la empresa en la que él está actualmente, hemos empezado el trámite de residencia en agosto de 2007. Ya se presentó el Formulario I-140. Queremos saber cómo va todo ahora, sobre todo cuándo yo podría trabajar. Le agradeceré que me oriente.

RESPUESTA: El problema que tienes está relacionado con la cuota migratoria. La cuota, que he dicho varias veces, limita la 
cantidad de visas de residencia que hay disponibles anualmente. En estos momentos están procesando casos de residencia a través de trabajo para las personas que tienen título universitario o trabajan con trabajos diestros del 1 de agosto de 2002. Tu fecha de registro es 2007. Esto signifi ca que todavía falta bastante tiempo para que haya una visa disponible bajo la cuota, y hasta que la visa no esté disponible no tendrías visa de trabajo.
 




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